Sistema Específico de Valoración de Riesgos (SEVRI)

 

En la administración se debe establecer un Sistema Específico de Valoración del Riesgo, el cual tiene que incluir los componentes y actividades específicas que define la normativa aplicable, siendo necesario someterlo a las verificaciones pertinentes a fin de comprobar su efectividad y promover su perfeccionamiento.

El Sistema debe fundarse en un proceso de planificación que incorpore la misión y visión institucionales, así como objetivos, metas, políticas e indicadores medibles y aplicables, considerando para ello el ambiente en que interactúa la institución. La Ley General de Control Interno establece que el jerarca y los titulares subordinados deben realizar la identificación, análisis, valoración y administración de los riesgos que enfrenta la institución y que puedan afectar el logro de los objetivos y una adecuada gestión de los riesgos, señalando lo siguiente:

 

Artículo 14. Valoración del Riesgo. En relación con la valoración del riesgo, serán deberes del jerarca y los titulares subordinados (jefaturas), entre otros, los siguientes: 

  • Identificar y analizar los riesgos relevantes asociados al logro de los objetivos y las metas institucionales, definidos tanto en los planes anuales operativos como en los planes de mediano y de largo plazos.

  • Analizar el efecto posible de los riesgos identificados, su importancia y la probabilidad de que ocurran, y decidir las acciones que se tomarán para administrarlos. 

  • Adoptar las medidas necesarias para el funcionamiento adecuado del Sistema de Valoración del Riesgo y para ubicarse por lo menos en un nivel de riesgo organizacional aceptable. 

  • Establecer los mecanismos operativos que minimicen el riesgo en las acciones por ejecutar. 

 

Artículo 18. Sistema Específico de Valoración del Riesgo Institucional.

Todo ente u órgano deberá contar con un Sistema Específico de Valoración del Riesgo Institucional por áreas, sectores, actividades o tarea que, de conformidad con sus particularidades, permita identificar el nivel de riesgo institucional y adoptar los métodos de uso continuo y sistemático, a fin de analizar y administrar el nivel de dicho riesgo.

 

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